Gobierno endurece medidas al comercio, cierra fronteras y adelanta toque de queda
Desde el lunes comienzan a regir las nuevas restricciones que se extenderán durante el mes, como una forma de frenar los nuevos contagios en el país.
En la misma jornada de ayer en que el país alcanzó 7.830 contagios de coronavirus, el mayor número de la pandemia, la subsecretaria de Prevención del Delito, Katherine Martorell, anunció que desde el lunes a las 5:00 se endurecerán las medidas restrictivas. Esto considera:
-Toque de queda: lo primero será el cambio en el toque de queda, adelantando esa medida a las 21:00 horas y hasta las 5:00 de la madrugada.
-Cierre de fronteras: quedarán restringidos los viajes al extranjero durante 30 días tanto para ciudadanos chilenos como para inmigrantes residentes. Sólo se permitirá a personas con autorización extraordinaria para viajar al exterior con motivo urgente, de carácter humanitario, por tratamiento médico, o gestiones imprescindibles para la marcha del país, lo que se debe tramitar en Comisaría Virtual.
Sólo podrán ingresar los extranjeros residentes autorizados por la autoridad consular chilena en el país de origen, bajo los criterios fundados y emitidos por la autoridad sanitaria.
-Choferes de camiones: A quienes transiten por las fronteras terrestres se les exigirá que cuenten con un examen PCR de máximo 72 horas y además, se aplicarán test antígenos aleatorios por parte del personal sanitario. En caso de que alguno dé positivo será derivado a una residencia sanitaria y la empresa se hará cargo de la operación y carga de la máquina.
-Eliminación de giros y actividades esenciales: Martorell señaló que se modificará la definición del concepto de bien o servicio esencial de uso doméstico, detallando que son aquellos "que tienen por fin ser utilizados por las personas dentro del domicilio, en comunas que se encuentren en fase 1 o 2 del Plan Paso a Paso, y que son imprescindibles para la subsistencia (alimentos, medicamentos, artículos de aseo e higiene personal), el teletrabajo, la educación a distancia y la conservación y seguridad del inmueble".
Con ello, se eliminan algunos giros de manera temporal durante 15 días y se evaluará su continuidad.
Entre estos se encuentran la venta al por menor de prendas y accesorios de vestir, calzado en comercio especializado, la venta al por mayor de perfumes, tocador y cosméticos, entre otros.
-Restricción a malls y supermercados en comunas en fase 1 y 2: En aquellas ciudades en cuarentena y en Transición, en la cual opera el confinamiento de fines de semana y festivos, los supermercados no podrán vender bienes que "no sean esenciales", según la descripción anterior.
En el caso de los malls sólo podrán funcionar los supermercados, las farmacias y los bancos -considerados esenciales- que se encuentren en sus instalaciones. Para ingresar a todos ellos se requerirán de los tradicionales permisos para las comunas en aquellas fases.
Martorell señaló que "no se puede acceder por delivery a otro tipo de bien distinto al que se ha señalado".
En cuanto a la venta de alcohol, explicó que está permitida, pero sujeta al giro de la empresa. Es decir, si el giro es únicamente la venta de alcohol, por lo que si el local también se dedica a la venta de productos considerados esenciales -como los supermercados- entonces sí tendrá la autorización.
-Limitación de permisos de desplazamiento: durante la semana se mantendrán dos permisos máximo para comunas en cuarentena y uno durante los fines de semana en ciudades en fase 2.
En las comunas en cuarentena sólo se podrá usar un solo permiso durante los sábados, domingos y festivos, aun si las personas llegan a los fines de semana sin haber utilizado ninguna de las autorizaciones permitidas.
-Limitación al personal que se considera "esencial" en actividades autorizadas, incluidos funcionarios públicos: la medida busca limitar el desplazamiento de personas hacia sus trabajos.
Por personal esencial se definirá a "aquellos trabajadores y/o prestadores de servicios de una empresa o institución pública o privada, cuyo giro ha sido declarado esencial, que desempeñen funciones que no pueden ser realizadas telemáticamente y que son imprescindibles para la actividad propia del giro, tales como labores operativas, logísticas y productivas, mantención de sistemas, seguridad, limpieza y sanitización".
Esto significa que quedan fuera de esta definición "las labores administrativas, contables, financieras y de asesorías y consultorías. Se encuentran comprendidos en esta definición los trabajadores que prestan servicios mínimos que deben asegurarse en caso de huelga".
"No se puede solicitar Permiso Único Colectivo para estas personas", dijo la subsecretaria.
-Incorporaciones al Permiso Único Colectivo (PUC): las empresas tendrán la obligación de informar el número total de trabajadores (contratados o que presten servicios); los trabajadores o prestadores de servicios que se consideran esenciales y para los cuales requieren el PUC.
También se deberá informar la labor del trabajador considerado esencial y para el que requiere permiso (labores operativas, logísticas y productivas, mantención de sistemas, seguridad, limpieza y sanitización).
-Aforo cultos religiosos en fase 1: será de un máximo de cinco personas que asistirán al ministro de culto -identificado con una credencial otorgada por la iglesia, culto u organización religiosa- y con un certificado que deberá entregar éste.
21:00 horas iniciará el toque de queda y se extenderá hasta las 5:00, desde el lunes 5 de abril.
30 días estarán restringidos los viajes hacia otros países y el ingreso de extranjeros.